Información del estímulo

06 - Programa De Concertación Distrital De Proyectos Artísticos Y Culturales Apoyados 2025, Modalidad Salas De Teatro Independiente


Para conocer los  TÉRMINOS ESPECÍFICOS DE PARTICIPACIÓN MODALIDAD SALAS DE TEATRO INDEPENDIENTE CATEGORÍAS 1 - 2 Y 3 VIGENCIA- 2025 dar Clic Aquí

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CRONOGRAMA CONVOCATORIA

MODALIDAD SALAS DE TEATRO INDEPENDIENTE / CATEGORÍAS 1 - 2 Y 3

CICLO 2 - 2025

ACTIVIDAD

DIA

MES

HORA

AÑO

Publicación de la Convocatoria

JUEVES 13

MARZO

N/A

2025

Fecha y link de apertura a la recepción de propuestas:
 www.culturaenlineacali.com

JUEVES 13

 

MARZO

0:00:01

2025

Fecha de Cierre a la recepción de propuestas

VIERNES 28

MARZO

23:59:59

2025

Fecha máxima de verificación de documentos administrativos

MIÉRCOLES 2

ABRIL

23:59:59

2025

Fecha máxima de envío de correo electrónico para solicitud de subsanación

JUEVES 3

ABRIL

17:00:00

2025

Fecha máxima para subsanación de documentos al correo electrónico [email protected]

MARTES 8

ABRIL

17:00:00

2025

Fecha máxima de visita de validación de espacio permanente para sala postulada.

MARTES 8

ABRIL

17:00:00

2025

Fecha máxima de evaluación técnica

MIÉRCOLES 9

ABRIL

23:59:59

2025

Fecha máxima de publicación de resolución de ganadores

VIERNES 11

ABRIL

23:59:59

2025


Area de aplicación


Programa de Salas Concertadas.
Programa diseñado para salas de teatro del Distrito de Santiago de Cali

Tipo de incentivo


Convocatoria de Concertación
Convocatoria de Concertación

Línea de acción


Programa de Salas Concertadas
Convocatoria de Concertación de salas de teatro

Público objetivo


Salas Categoría Larga trayectoria

Categoría 1: Larga trayectoria superior o igual a 30 años

Salas Categoría Mediana trayectoria

Categoría 2: Mediana trayectoria superior o igual a 15 años

Salas Categoría Corta trayectoria

Categoría 3: Corta trayectoria superior o igual a 3 años.

Información general


Para la vigencia 2025 la Secretaría de Cultura de Santiago de Cali contará con un presupuesto de MIL CUATROCIENTOS MILLONES DE PESOS M/CTE. ($1.400.000.000) para fortalecer salas independientes de teatro de Santiago Cali según indicador de producto de los proyectos BP-26005354. La apropiación presupuestal de los estímulos económicos de esta convocatoria se encuentra asegurada a través de Certificados de Disponibilidad Presupuestal. Los detalles específicos de estos certificados se publican en la Resolución de apertura correspondiente a este proceso.

PERFIL DEL PARTICIPANTE EN LA MODALIDAD SALAS DE TEATRO

Todos los participantes deberán cumplir con los siguientes requisitos habilitantes comunes a todas las categorías:

a) Trayectoria de la sala: Corresponde a los años cumplidos por la sala y se valida según documentos soporte, que la acredite como sala con programación permanente e ininterrumpida para las artes escénicas con énfasis en teatro, a la fecha de cierre de la convocatoria. Será el resultado de la suma de los años de trabajo permanente y continuo que demuestre la sala con: Cámara de comercio, documentos de constitución o fundación de la sala, los cuales deberán venir acompañados   de archivos periodísticos recortes de prensa o publicidad o publicaciones premios o reconocimientos o contratos de arrendamiento o comodato o convenios, entre otros, que certifiquen el tiempo de funcionamiento de la sala. Cada sala deberá postularse en la categoría que corresponda a las condiciones de su espacio. (Requisito habilitante, por tanto, la sala que no lo cumpla será rechazada automáticamente)

b) Derecho de uso del espacio: Deberá acreditar el derecho de uso del espacio para el desarrollo del proyecto a través de: Contrato de arrendamiento o certificado de tradición (Requisito habilitante, por tanto, la sala que no lo cumpla será rechazada automáticamente)

c) Aforo: Hace referencia a la capacidad que tiene la sala para albergar un determinado número de personas.  Para participar deberá tener un aforo desde mínimo 50 hasta máximo 250 sillas. (Requisito habilitante, por tanto, la sala que no lo cumpla será rechazada automáticamente)

d) Infraestructura y condiciones técnicas de la sala: Será verificable a través del material audiovisual proporcionado por la sala. El material debe registrar un recorrido guiado, sin cortes, en plano secuencia y que permita conocer todas las condiciones de infraestructura de la sala, incluidos escenarios, camerinos, áreas de servicio, equipos técnicos, espacio de atención al público, baterías de baños y localidades. Se deberá entregar enlace de video y ficha técnica de la Sala. (Requisito habilitante, por tanto, la sala que no lo cumpla será rechazada automáticamente)

e) Condiciones mínimas de seguridad: Se deberá entregar el plan de emergencia escrito, que garantice las condiciones mínimas de seguridad. (Requisito habilitante, por tanto, la sala que no lo cumpla será rechazada automáticamente)

f) Grupo de planta de la sala: Hace referencia al grupo de artistas de las artes escénicas que realizan un trabajo creativo permanente y hacen parte de varias de las obras de teatro de repertorio de la sala de teatro, deberá demostrar montajes, dramaturgia, publicaciones y reconocimientos recibidos a nivel Nacional y/o Internacional, del grupo de planta, y los años correspondientes para cada uno, en orden cronológico, de la más reciente a la más antigua. (Requisito habilitante, por tanto, la sala que no lo cumpla será rechazada automáticamente)

g) Grupos artísticos invitados: Hace referencia a un grupo de artistas de las artes escénicas que realizan un trabajo creativo y no hacen parte del grupo de planta de la sala.  Deberá demostrar su programación, en el año inmediatamente anterior, de mínimo tres funciones de tres agrupaciones diferentes al grupo artístico de planta. (Requisito habilitante, por tanto, la sala que no lo cumpla será rechazada automáticamente)

h) Programación artística permanente: Hace referencia al tipo y número de funciones y/o espectáculos presentados en la sala de teatro proponente, cumpliendo criterios de diversidad, continuidad y calidad, para ser presentados en su espacio debidamente adecuado para las artes escénicas. Será el resultado de evidenciar la programación artística que ha tenido la sala de teatro a través de los códigos del Pulep. (Requisito habilitante, por tanto, la sala que no lo cumpla será rechazada automáticamente) NOTA: EL PULEP DEBE CORRESPONDER A LA PROGRAMACIÓN REALIZADA EN LA SALA PROPONENTE.

Las salas deberán certificar, además:

● Para las salas de teatro aspirantes ubicadas en Cali: 180 funciones realizadas resultado de la suma de las funciones inscritas y evidenciadas en el PULEP durante los años 2022, 2023 y 2024.  

● Para las salas de microteatro aspirantes ubicadas en Cali: 540 funciones realizadas resultado de la suma de las funciones inscritas y evidenciadas en el PULEP durante los años 2022, 2023 y 2024.  

● Para las salas de teatro aspirantes ubicadas en la zona rural 110 funciones realizadas resultado de la suma de las funciones inscritas y evidenciadas en el PULEP durante los años 2022, 2023 y 2024.

Quién No Puede Participar

No podrán participar de esta convocatoria

a) Personas naturales.

b) Instituciones educativas de carácter público o privado.

c) Cajas de Compensación y Cámaras de Comercio.

d) Las personas jurídicas sin ánimo de lucro que no tengan como objeto social el desarrollo de actividades artísticas y culturales y cuya dirección de la sede donde manifiestan van a realizar la programación no sea exacta a la que aparece en la cámara de comercio como domicilio principal.

e) Personas jurídicas sin ánimo de lucro que presenten una sala de teatro que tenga más de doscientas cincuenta (250) sillas o menos de cincuenta (50) sillas.

f) Agrupaciones, compañías, colectivos de teatro que no cuenten a la fecha de cierre de la convocatoria, con una sala de teatro, con programación permanente demostrable.

g) Personas jurídicas del sector público.

h) Establecimientos de comercio abiertos al público o clubes con una vocación, actividad principal o ejercicio habitual diferentes a la presentación de artes escénicas, incluidos aquellos que se encuentren en la categoría de hoteles, bares, tabernas, discotecas o similares, cuyo funcionamiento está regulado por la Ley 1801 de 2016 o las normas reglamentarias.

i) Personas jurídicas con ánimo de lucro.

j) Personas jurídicas, así como sus representantes legales y/o socios, a quienes se les haya impuesto una sanción administrativa y/o declaratoria de incumplimiento parcial o total.

k) Personas jurídicas cuyo representante legal, asociados y/o miembros de junta sean parte del jurado de la presente convocatoria.

Valor


Según disponibilidad COP

Cantidad


Según disponibilidad Estímulos

Apertura convocatoria


2025-03-13

Cierre Convocatoria


2025-03-28

Ejecución inicio


2025-04-15

Ejecución fin


2025-10-31
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